Slide background
Slide background
Slide background
Slide background
Slide background
Slide background


ComunĂ­cate con el
Consulado General


PODERES

DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Otorgamiento de Poderes por Ciudadanos Venezolanos o Extranjeros residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, que necesiten hacer valer el Poder ante las autoridades de la República Bolivariana de Venezuela.

Un poder es un documento legal por el cual una persona se obliga gratuitamente o mediante salario a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que le ha encargado de ello. Un poder puede ser:
  • PODER ESPECIAL - Se otorga sólo para actos específicos, una actividad en concreto.
  • PODER GENERAL - Es un documento que autoriza al que lo recibe (apoderado) a realizar todo tipo de gestión por el otorgante (poderdante).

CITA PREVIA INDISPENSABLE:
Para realizar este trámite deberá solicitar CITA PREVIA enviando un correo electrónico a
Nota: es importante indicar el número de teléfono de contacto.

REQUISITOS EXIGIDOS: 
  • Estar inscrito en el Registro Consular en el caso del que solicita el poder sea venezolano.
  • El interesado debe aportar el texto del poder redactado por un Abogado y enviarlo por correo electrónico El fichero deberá ir en formato word (no es válido un formato de escaneado), para la revisión del texto e incorporación de las cláusulas consulares.
  • El texto debe respetar la redacción y formas legales de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Original y Dos (2) Fotocopias del Documento de identidad  del poderdante (el que aparece en el texto del poder).
  • Dos (2) Fotocopias del Documento de identidad  del apoderado (el que aparece en el texto del poder).
  • Acreditación de representación en el caso de que el otorgante actué en nombre de alguna persona jurídica.
  • TESTIGOS: el día de la cita el solicitante debe asistir acompañado por dos (02) personas que servirán como testigos y que deberán ser mayores de edad (venezolanos o extranjeros), que sepan leer y escribir, quienes deberán portar en el caso de los venezolanos original y dos (2) copias de la Cédula de Identidad o Pasaporte en vigor; si es extranjero su documento de identificación. La comparecencia es obligatoria, toda vez que suscriben el acto testificado.
 
IMPORTE: 
PODERES ESPECIALES 100 $ (su equivalente en €)
PODERES GENERALES  300 $ (su equivalente en €)
 
Dicha tasa  consular  deberá ser ingresada por el interesado el día de la firma en la cuenta e Institución Bancaria que el Consulado le señale al efecto.


VIGENCIA DEL DOCUMENTO:
Válido hasta la Revocatoria del Poder
 

TRÁMITES | Cita Previa Indispensable | Noticias Consulares | Noticias Embajada | Noticias de Venezuela | Opinión | Documentos | Enlaces | BannerDcho
© Todos los derechos reservados 2010
Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Islas Canarias