09-09-2010 Constancia de no inscripción de menores
DESCRIPCIÓN Y CONCEPTOS DEL TRÁMITE:
Es un documento emitido por el Consulado a solicitud de las autoridades Españolas, para proceder a la inscripción del menor nacido en España, que no tiene nacionalidad venezolana, según instrucciones emanadas de la DGRC del MPPRE de fecha 10 de septiembre de 2007 y 31 de octubre de 2007.
Es así que el Cónsul General de la República Bolivariana de Venezuela en Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, Reino de España, puede informar lo siguiente:
Que de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, todos los niños tienen derecho a ser identificados, inmediatamente después de su nacimiento. Igualmente, el artículo 18 ejusdem, establece ad literam lo siguiente:
“Todos los niños y adolescentes tienen derecho a ser inscritos gratuitamente en el Registro Civil, inmediatamente después de su nacimiento, de conformidad con la ley.
Parágrafo Primero: los padres, representantes o responsables deben inscribir a quienes se encuentren bajo su patria potestad, representación o responsabilidad en el Registro Civil. …..(omissis).”
En tal sentido, se exhorta a proceder, en cumplimiento con las disposiciones señaladas, a inscribir a los hijos de venezolanos nacidos en la jurisdicción y/o circunscripción de esta sede Consular.
Por medio de una constancia elaborada por el Consulado General, se hace del conocimiento que el menor hasta la fecha no aparece inscrito en los Libros de Registro de Nacimientos que lleva este Consulado General.
CITA PREVIA:
Para realizar dicho trámite debe concertar una cita previa al teléfono 922.27.96.00
REQUISITOS EXIGIDOS:
Copia de la partida literal española del menor.
Copia del pasaporte y la Cédula de Identidad de los padres.
Sobre prefranqueado (envíos nacionales, tarifa A, 100 grs.) con su dirección postal completa.
DURACIÓN:
Siete (7) días contados a partir de la entrega de los recaudos. Una vez finalizada la tramitación por parte de los funcionarios se remitirá el documento a través del servicio de Correos. A partir de ese momento el tiempo que tarde el usuario en recibir el documento dependerá del mencionado servicio postal.
IMPORTE:
Gratuito
VIGENCIA DEL DOCUMENTO:
Permanente hasta que varíe la voluntad de los progenitores.
OBSERVACIONES:
El día de la cita debe presentarse en el Consulado toda la documentación solicitada con las copias requeridas, en caso contrario el trámite no será aceptado y deberá solicitar una nueva cita, cuando tenga en su poder toda la documentación.
Todas las Fotocopias deben presentarse una por cada hoja, en formato Din A4, y sin recortar, es decir cada copia en hoja completa.